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Controles de cumplimiento AML/KYC

El cumplimiento AML/KYC exige conocer la identidad del titular y comprender el riesgo asociado a sus transacciones. La revisión puede mantenerse activa hasta que todos los documentos sean aceptados y la información resulte coherente.

Navegación


Comprobaciones obligatorias

La revisión completa debe finalizar antes de liberar un retiro. También se aplica cuando los depósitos acumulados exceden 10.000 EUR o cuando el sistema detecta una operación de riesgo.

Revisión del documento personal

La revisión comprueba autenticidad, fotografía, firma, nombre y fecha de expiración. La persona debe ser mayor de 18 años y la identificación no puede haber sido emitida en Australia, Austria, Francia y sus territorios, Alemania, los Países Bajos y sus territorios, España, la Unión de las Comoras, el Reino Unido, los Estados Unidos de América y sus territorios, los países incluidos en la lista negra del GAFI y cualquier jurisdicción prohibida por la Autoridad Financiera Offshore de Anjouan.

Controles proporcionales al riesgo

Los controles deben ser proporcionales al riesgo. Las operaciones pequeñas y de baja exposición pueden recibir SDD, mientras que la CDD y la EDD se aplican cuando se necesita una identificación más completa.

Pruebas aceptadas

Se acepta un documento gubernamental con fotografía, acompañado de una prueba reciente de domicilio y una selfie sosteniendo la misma identificación.

Residencia del titular

El titular debe demostrar su lugar de residencia mediante documentación bancaria o de servicios reciente y emitida en una jurisdicción permitida.

Revisión de la selfie

Durante la revisión se comprueba que el rostro pertenece al titular y que el documento mostrado es idéntico al archivo de identidad.

Acceso condicionado a la verificación

El acceso completo está condicionado a una verificación satisfactoria. Si la información resulta insuficiente, las funciones sensibles pueden seguir bloqueadas.

Monitoreo después del KYC

Completar el KYC no excluye verificaciones futuras. Nuevos retiros, cambios de residencia o actividad inusual pueden justificar controles adicionales.

Requisitos de formato y contenido

Los formatos deben permitir abrir y examinar el contenido. La documentación debe mostrar todos los datos que exige el tipo de prueba.

Participación del titular

Solo el titular puede completar el KYC. Los documentos y la selfie deben pertenecer a la persona que controla la cuenta.

Aprobación de la cuenta

La aprobación de la cuenta depende de que identidad, domicilio y selfie hayan sido verificados satisfactoriamente. Después se habilita el acceso completo.

Acceso después de la aprobación

El acceso completo se concede cuando todos los documentos requeridos han sido recibidos y verificados. Hasta ese momento, determinadas operaciones pueden permanecer suspendidas. La aprobación confirma que la identidad, la residencia y la presencia del titular han sido comprobadas de acuerdo con el nivel de diligencia aplicable.

Restablecimiento de funciones

Después de la aprobación, se habilita el acceso completo a la cuenta. Las funciones restringidas durante el control dejan de estar bloqueadas cuando no existe otra causa pendiente.

Continuidad de los controles

La aprobación inicial no impide nuevas revisiones. Los cambios de residencia, la caducidad de documentos o una operación sospechosa pueden activar otra solicitud. Caposino mantiene el monitoreo durante toda la relación y puede volver a limitar funciones si necesita información actualizada para cumplir la política AML/KYC.

Revisión posterior a cambios relevantes

Un cambio de domicilio, un nuevo documento de identidad o una modificación significativa de la actividad puede requerir otra comprobación. El expediente KYC debe reflejar información vigente durante toda la relación con el usuario, no únicamente en el momento de apertura de la cuenta.

Plazos de los documentos

La identificación debe permanecer válida durante un mínimo de tres meses desde su presentación. El comprobante de residencia, por su parte, debe haber sido emitido dentro de los tres meses anteriores.